⬇ Descargar Decreto Supremo N.° 303-2025-EF (PDF)
SUNAT puede citarle por videoconferencia para fiscalizaciones. Es obligatorio asistir.
El Decreto Supremo N.° 303-2025-EF moderniza la fiscalización tributaria en Perú. La SUNAT ahora tiene la facultad de exigir comparecencias por videoconferencia y solicitar acceso directo a los sistemas contables de los contribuyentes, cambiando fundamentalmente la forma de interactuar durante una auditoría.
📢 La fiscalización tributaria será cada vez más digital, técnica y en tiempo real. La preparación proactiva es la nueva defensa.
🖥️ Comparecencia Remota: La Nueva Norma
Las reuniones con SUNAT han dejado de ser presenciales por defecto. Estas son las tres reglas que debe conocer:
1. 📹 Las reuniones virtuales ya no son opcionales
Las reuniones con SUNAT se realizan por videoconferencia para fiscalizaciones y acciones inductivas. No asistir tiene consecuencias.
2. 📩 Será citado formalmente con un enlace de conexión
La citación indicará la plataforma a utilizar y podrá ser grabada por SUNAT. Trate estas reuniones con la misma seriedad que una visita presencial.
3. ⏰ La inasistencia o fallas técnicas son su responsabilidad
No asistir puede generar infracciones. Usted debe garantizar equipo y conexión estables en la fecha y hora indicadas.
🔐 Acceso al Sistema Contable: El Punto Clave
Este es el cambio más significativo del decreto. SUNAT ahora puede pedir credenciales de acceso a su sistema contable.
🗝️ SUNAT pedirá un perfil de acceso a su sistema contable
Podrá solicitar usuario y contraseña para ingresar de forma remota o presencial a sus plataformas contables y ERP.
⏳ No otorgar el acceso suspende los plazos de la auditoría
Esto puede extender la fiscalización y aumentar la exposición de la empresa al mantener abierto el proceso por más tiempo.
✅ ¿Qué Puede y No Puede Hacer SUNAT con Ese Acceso?
La ley establece límites claros. El perfil de acceso que SUNAT solicite debe respetar los siguientes permisos y restricciones:
✔️ Lo que SÍ puede hacer SUNAT
- Visualizar operaciones del periodo fiscalizado
- Generar y descargar reportes contables
- Registrar ingresos y salidas para trazabilidad del proceso
❌ Lo que NO puede hacer SUNAT
- Eliminar o modificar información contable
- Ocultar registros existentes
- Alterar la integridad de los datos
🛡️ ¿Cómo Preparar su Empresa?
Ante este nuevo marco normativo, en CBA recomendamos tomar acción antes de ser fiscalizado:
1. Audite su sistema contable
Verifique que su ERP o software contable tenga la capacidad de crear perfiles de acceso restringido con permisos de solo lectura y generación de reportes.
2. Defina un protocolo de comparecencia virtual
Designe un responsable, asegure el equipo técnico y establezca un procedimiento interno para cuando llegue una citación de SUNAT.
3. Cuente con asesoría especializada
Tener un asesor tributario presente durante las sesiones virtuales y durante el acceso al sistema es su derecho y su mejor protección.
4. Revise la integridad de su información
Corrija inconsistencias antes de una fiscalización. Una vez que SUNAT tiene acceso, no hay marcha atrás.
📋 Conclusión: El Futuro de la Fiscalización es Ahora
El Decreto Supremo N.° 303-2025-EF no es una amenaza futura — ya está vigente. Las empresas que inviertan en orden contable, sistemas adecuados y asesoría tributaria estarán en una posición incomparablemente mejor ante una fiscalización digital.
En Concha Bustamante & Auditores, acompañamos a nuestros clientes en la preparación proactiva frente a SUNAT: desde la revisión de sistemas hasta la representación en comparecencias. Contáctenos para conocer cómo podemos proteger a su empresa.

